¿Quién puede solicitar el divorcio en Argentina?
Según el Artículo 437 del Código Civil y Comercial de la Nación, el divorcio puede ser solicitado por:
- Ambos cónyuges conjuntamente: Esto se conoce como divorcio de mutuo acuerdo o presentación conjunta. En este caso, ambos manifiestan su voluntad de divorciarse y suelen presentar una propuesta reguladora común sobre los efectos del mismo.
- Uno solo de los cónyuges: Esto se conoce como divorcio unilateral. La voluntad de uno de los integrantes del matrimonio es suficiente para iniciar el trámite, sin necesidad del consentimiento o acuerdo del otro.
En Argentina, el divorcio es incausado, lo que significa que no es necesario expresar ni probar una causa o motivo específico (como adulterio, abandono, etc.) para solicitarlo. La simple voluntad de uno o ambos cónyuges de no continuar con el vínculo matrimonial es suficiente para que el juez decrete el divorcio.